Domingo, 20 de Noviembre de 2011 13:06
¿Cómo se ejecutan los cursos cuya duración no permiten la finalización antes del 31 de Diciembre?
"Mi pregunta es la siguiente:
Un curso que inicia en Diciembre, y que se recomienda para su correcto desarrollo unos dos meses, ¿cuándo se bonifica y cuándo se notifica la finalización a la Fundación Tripartita?"
Estimada Elisabet,
Si nos ceñimos a la normativa, la orden TAS 2307/2007, de 27 de julio, dice en el artículo 19: "Dicha comunicación podrá realizarse a la finalización de cada grupo, de varios grupos, sean o no pertenecientes a una misma acción formativa, o de toda la formación impartida durante el ejercicio, con anterioridad a que finalice el plazo de presentación del boletín de cotización a la Seguridad Social en el que se apliquen las bonificaciones las empresas y, en todo caso, antes del transcurso del último día hábil para poder presentar el boletín de cotización del mes de diciembre del ejercicio económico correspondiente.".
Un curso que inicia en Diciembre, y que se recomienda para su correcto desarrollo unos dos meses, ¿cuándo se bonifica y cuándo se notifica la finalización a la Fundación Tripartita?"
Estimada Elisabet,
Si nos ceñimos a la normativa, la orden TAS 2307/2007, de 27 de julio, dice en el artículo 19: "Dicha comunicación podrá realizarse a la finalización de cada grupo, de varios grupos, sean o no pertenecientes a una misma acción formativa, o de toda la formación impartida durante el ejercicio, con anterioridad a que finalice el plazo de presentación del boletín de cotización a la Seguridad Social en el que se apliquen las bonificaciones las empresas y, en todo caso, antes del transcurso del último día hábil para poder presentar el boletín de cotización del mes de diciembre del ejercicio económico correspondiente.".
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