Martes, 15 de Noviembre de 2011 18:09

Colectivos Prioritarios

"Buenas tardes
Tengo el caso de una empresa que tiene 648 trabajadores de los cuales el 98% pertenecen a colectivos prioritarios.
¿A cuantas personas tenemos que formar?
¿Como tenemos que hacer el cálculo?"

Estimada Lourdes,

El tema de los colectivos prioritarios queda reflejado en el artículo 7 de la Orden TAS 2307/2007 de 27 de julio. En dicha orden ministerial, se deja patente que el objetivo es
"Dar prioridad a los trabajadores que en función de su mayor dificultad de inserción o de mantenimiento en el mercado de trabajo para participar en las acciones formativas".
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