Viernes, 30 de Diciembre de 2011 19:09

Finalización de Grupos Formativos

"Hola,
Somos una empresa que hemos empezado a hacer cursos con la fundación tripartita este mes de diciembre y nos surge algunas dudas con las finalizaciones, ¿sólo tenemos que notificar las finalizaciones de los grupos? o hay que notificar también la finalización de la AF ya que tras finalizar los grupos las acciones formativas aparecen como no finalizadas. He intentado finalizar también las acciones formativas pero me dice que tengo que finalizar los grupos asociados.

Siento la urgencia pero creo que sólo los puedo finalizar hasta mañana como muy tarde.

En las finalizaciones de los grupos me da al final esta frase por lo que entiendo que también tengo que finalizar las acciones formativas
Importante: Las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social deberán aplicarse a partir de la notificación de finalización de la formación.Muchas gracias."

Respuesta:

Estimada
Eva,

procedo a aclararte algunos conceptos:

1º. Las acciones formativas no son necesarias finalizarlas, hay que finalizar los grupos formativos.
2º. En el proceso de finalización de los grupos formativos tienes dos partes, la introducción de los participantes "aptos", que son los bonificables y el cálculo de costes. En esta segunda parte, debes prestar especial atención al cálculo de la cofinanciación, en el caso de empresas con plantillas medias superiores a 9 trabajadores.
3º. Los grupos formativos se pueden finalizar a partir de la fecha de finalización del periodo formativo en el que se han ejecutado y con anterioridad a la aplicación de los seguros sociales en los cuales el curso se va a bonificar. Así, si el curso ha terminado en el mes de diciembre, debe bonificarse en los seguros sociales de diciembre que se aplican en Enero; por lo que tienes hasta el último día hábil de aplicación de los seguros sociales, que se corresponde con el 31 de enero.

"Artículo 19. Comunicación telemática de finalización de la formación:
... Dicha comunicación podrá realizarse a la finalización de cada grupo, de varios grupos, sean o no pertenecientes a una misma acción formativa, o de toda la formación impartida durante el ejercicio, con anterioridad a que finalice el plazo de presentación del boletín de cotización a la Seguridad Social en el que se apliquen las bonificaciones las empresas" (Orden TAS 2307, de 27 de julio)

Atentamente.

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"Mi pregunta es la siguiente:
Un curso que inicia en Diciembre, y que se recomienda para su correcto desarrollo unos dos meses, ¿cuándo se bonifica y cuándo se notifica la finalización a la Fundación Tripartita?"

Estimada Elisabet,
Si nos ceñimos a la normativa, la orden TAS 2307/2007, de 27 de julio, dice en el artículo 19: "
Dicha comunicación podrá realizarse a la finalización de cada grupo, de varios grupos, sean o no pertenecientes a una misma acción formativa, o de toda la formación impartida durante el ejercicio, con anterioridad a que finalice el plazo de presentación del boletín de cotización a la Seguridad Social en el que se apliquen las bonificaciones las empresas y, en todo caso, antes del transcurso del último día hábil para poder presentar el boletín de cotización del mes de diciembre del ejercicio económico correspondiente.".
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